Ayudas Municipales para Combatir Situaciones de Urgencia Social

El Ayuntamiento de Palazuelos de Eresma ofrece anualmente ayudas económicas destinadas a paliar situaciones de emergencia social de los vecinos del municipio. Estas ayudas están reguladas por las siguientes bases:

Objeto

Las ayudas económicas de emergencia social tienen como objetivo atender temporalmente las necesidades básicas de subsistencia de las personas que, debido a situaciones sobrevenidas o falta continuada de recursos, no pueden hacer frente a ciertos gastos esenciales para evitar la exclusión social.

Concepto y Finalidad

  1. Características: Estas ayudas son finalistas, temporales, inembargables, extraordinarias y de pago único. Son compatibles con otros recursos o prestaciones.
  2. Finalidad: Cubrir necesidades básicas de subsistencia, tales como alimentación, vestimenta, higiene, vivienda, servicios esenciales (luz, agua, calefacción), gastos médicos (dentista, ortopédico, oculista), material escolar, guardería y adaptaciones de vivienda por movilidad.

Beneficiarios y Requisitos

Para ser beneficiario de estas ayudas, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Empadronamiento: Estar empadronado en Palazuelos de Eresma con al menos seis meses de antigüedad.
  2. Ingresos: No superar 1,2 veces el IPREM anual, ajustado por miembros de la unidad familiar.
  3. No haber recibido la ayuda en el mismo año natural, salvo excepciones graves.
  4. Residencia: No residir en instituciones que cubran las necesidades básicas, salvo excepciones justificadas.

Documentación Necesaria

Para solicitar la ayuda, se debe presentar:

  1. Instancia oficial.
  2. Documento de identidad.
  3. Certificado de rentas de la Agencia Tributaria.
  4. Justificantes de ingresos de todos los miembros de la unidad familiar.
  5. Certificado de vida laboral.
  6. Presupuesto o factura del gasto.
  7. Copia del libro de familia.

Cuantía y Gestión

  1. Máximo Anual: La cuantía máxima por titular o unidad familiar es de 800 euros anuales.
  2. Cálculo: Se basa en los gastos necesarios, la capacidad económica del solicitante y su situación familiar y social.
  3. Pago: La prestación es de pago único y se concede previa solicitud y evaluación por una comisión designada.

Obligaciones de los Beneficiarios

Los beneficiarios deben:

  1. Proporcionar información para la gestión y seguimiento de la prestación.
  2. Destinar la ayuda a la finalidad concedida y justificar su uso.
  3. Comunicar cualquier cambio en los requisitos durante el periodo de la prestación.

Estas ayudas se convocan anualmente, y las bases vigentes regulan su concesión mientras no se realicen modificaciones sustanciales. La convocatoria anual se anunciará en la web del Ayuntamiento, donde se podrá acceder a los formularios y más información.

Accede a la Convocatoria Anual:

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