Información para la ciudadanía

El Ayuntamiento de Palazuelos de Eresma recuerda a los vecinos las normas de gestión y depósito correcto de residuos domésticos, con el fin de garantizar la limpieza, el reciclaje y el bienestar del municipio.

Resumen de las principales obligaciones:

  • Depositar cada residuo en su contenedor correspondiente y en bolsas cerradas.
  • Solicitar cita previa en el Ayuntamiento para el uso del Punto Limpio y para la recogida de siegas, podas, enseres y escombros.
  • No dejar ningún residuo en el suelo, ni en el exterior del Punto Limpio ni junto a los contenedores.
  • Los residuos de siegas y podas se depositarán el domingo por la noche, en bolsas o haces de máximo 25 kg, con un límite de 4 unidades por vecino.
  • Los residuos orgánicos deben introducirse siempre en bolsa compostable y en el contenedor marrón (se requiere llave de apertura, disponible en el Ayuntamiento).
  • Los enseres y electrodomésticos se depositarán el domingo por la noche, previa comunicación al Ayuntamiento.
  • Los escombros de obras menores se llevarán al Punto Limpio, con un máximo de 0,50 m³ por vecino.
  • Los solares sin edificación deben mantenerse limpios, segados y en buen estado por sus propietarios.
  • Los cerramientos de solares y elementos vegetales no pueden invadir los espacios públicos.

Texto íntegro del Bando nº 1/2026

BANDO Nº 1/2026 – SOBRE LOS RESIDUOS DE SIEGAS, PODAS, ENSERES, ORGÁNICOS, RECICLAJES DE ENVASES DE CARTÓN Y PLÁSTICO, ETC.

Seguidamente os detallo un recordatorio sobre las normas que tenemos que cumplir en esta materia.

PUNTO LIMPIO:

El Ayuntamiento tiene habilitada una zona al final de la calle la Mina, junto a la piscina municipal, en el núcleo urbano de Palazuelos de Eresma, para que cumpla esa función. Su horario de atención al público son los lunes, miércoles y viernes, a las 12:00 ó 13:30 horas, previo aviso en el Ayuntamiento en horas de oficina, debido a que la instalación no se encuentra permanentemente abierta al público.

No está permitido depositar residuos en el exterior de la instalación. Todo residuo debe ser recepcionado por el personal del Ayuntamiento.

Tanto los residuos que se lleven al punto limpio como los que recojan los servicios municipales deben ser exclusivamente domésticos, y en las cantidades que se relacionan a continuación. Para cualquier otro tipo de residuo no doméstico (comercial o industrial) o de cantidad mayor a la estipulada, son los propios interesados los que han de gestionarlo de manera personal, según los procedimientos legalmente establecidos, asumiendo sus costes.

La recogida se efectuará de la siguiente manera:

  • Siegas y podas (ramas hasta 1 cm. de diámetro). Estos residuos se depositarán en las islas de contenedores el domingo por la noche (previo aviso en el Ayuntamiento en horas de oficina), en bolsas o haces con un peso máximo de 25 kg, siendo el máximo de 4 haces o bolsas por vecino, libres de cualquier otro tipo de residuos (latas de bebidas, papeles, etc.), siendo recogidos por los operarios municipales a partir del lunes siguiente. NO está permitido depositar restos de poda en ningún contenedor. Para toda cantidad que exceda de la indicada, serán los propios interesados los que deberán gestionarlo de manera personal, según los procedimientos legalmente establecidos, asumiendo sus costes o trasladarlo al punto limpio dentro del horario establecido, previo aviso al Ayuntamiento en horas de oficina.
  • Residuos orgánicos, depositándolos en bolsas cerradas en sus correspondientes contenedores (contenedor marrón). Para ello, se necesita una llave de apertura de la compuerta del contenedor que podrá solicitar y recoger en el Ayuntamiento. Los residuos orgánicos deben depositarse siempre dentro de una bolsa compostable. En el contenedor de residuos orgánicos se podrán depositar restos de comida, infusiones, tapones de corcho, restos pequeños de jardinería, poso de café, cáscaras de huevo y frutos secos, cáscaras de marisco, papel de comida sucio, palillos, etc. No estando permitido depositar cualquier otro tipo de residuos. Si los contenedores de residuos orgánicos estuvieran llenos, no puede depositarse el residuo en el suelo, debiendo hacerlo en otro cercano.
  • Fracción resto (contenedores grises o beige con tapa verde), envases ligeros (contenedores amarillos) y ropa (contenedores rosas o rojos), depositándolos en bolsas cerradas en sus correspondientes contenedores. En los contenedores de fracción resto no pueden depositarse más que residuos de esa naturaleza y, en ningún caso, restos de vegetales, de maderas, de ascuas o cenizas sin apagar y de material metálico o similares, que no sean estrictamente domésticos. Las cenizas apagadas se deben introducir en una bolsa antes de depositarlas en los contenedores. Los envases ligeros (garrafas, botellas, latas, bricks, etc.) hay que aplastarlos antes de introducirlos en una bolsa y depositarlos en el contenedor. La ropa se tiene que depositar en una bolsa cerrada. Si cualquiera de estos contenedores estuviera lleno, no puede depositarse el residuo en el suelo, debiendo hacerlo en otro cercano.
  • Vidrio (contenedor verde), papel-cartón (contenedor azul) y pilas (papeleras rojas), depositándolos en sus correspondientes contenedores. Las cajas de cartón son muy voluminosas, por lo que antes de introducirlas se deben plegar o desmontar para reducir su volumen. Si estos contenedores estuvieran llenos, no puede depositarse el residuo en el suelo, debiendo hacerlo en otro cercano.
  • Enseres y electrodomésticos: Los interesados deberán depositarlos el domingo por la noche, previo aviso en el Ayuntamiento en horario de oficina, en las isletas de contenedores o, de manera excepcional y en caso de necesidad justificada, en el exterior de la puerta de la vivienda. La cantidad a retirar será la propia de una sustitución puntual y no de una mudanza. En el caso de mudanzas, serán los propios interesados los que han de gestionarlo de manera personal, según los procedimientos legalmente establecidos, asumiendo sus costes.
  • Aceites vegetales (domésticos): Almacenándolos en envases o recipientes y depositándolos en los contenedores instalados al efecto (contenedor naranja). No se debe mezclar aceites domésticos con aceites minerales, ni con otra sustancia, pues se impediría su reciclaje y/o reutilización. Si el contenedor estuviera lleno, no pueden depositarse los envases en el suelo, debiendo hacerlo en otro cercano.
  • Escombros de obras menores: Los vecinos deberán depositar estos residuos en el punto limpio, ubicado al final de la calle la Mina, junto a la piscina municipal, previa identificación y dentro del horario establecido, previo aviso al Ayuntamiento en horas de oficina. No se recogerán más de 0,50 m³ de escombro por vecino. En el caso de cantidad mayor a la estipulada, son los propios interesados los que han de gestionarlo de manera personal, según los procedimientos legalmente establecidos, asumiendo sus costes.

Todos los residuos, tanto los que recoja el Ayuntamiento en las isletas de contenedores del municipio como los que lleven los vecinos a sus respectivos contenedores o punto limpio, DEBEN ESTAR PERFECTAMENTE SELECCIONADOS Y CONTROLADOS.

Asimismo, se recuerda que:

  • Los escombros producto de obras mayores tienen que gestionarlos directamente el interesado, en los centros habilitados legalmente para ello.
  • Los árboles, ramas, arbustos, arizónicas, etc., cuyo grueso supere 1 cm de diámetro, no los recogerá el Ayuntamiento. Pueden servir como leña de consumo o llevarse a los centros privados de recogida.
  • No se recogerán los siguientes residuos: residuos no domésticos (comerciales, industriales…), residuos tóxicos (baterías, filtros, envases fitosanitarios, medicinas, etc.), residuos peligrosos, aceites minerales de vehículos, fibrocemento, pinturas y disolventes, y neumáticos.
  • Ningún elemento de los cerramientos de solares, ni ningún elemento vegetal, puede invadir los espacios públicos, debiendo procederse a las oportunas podas. En caso contrario, el Ayuntamiento podrá proceder a su ejecución, repercutiendo el coste de los trabajos al propietario, con independencia de la apertura del correspondiente expediente sancionador, si procede.
  • Los solares sin edificación también deben estar limpios, segados y controlados por sus dueños. En caso de incumplimiento, el Ayuntamiento podrá proceder a su ejecución, repercutiendo el coste al propietario, con independencia de la apertura del correspondiente expediente sancionador, si procede.
  • Cuando se trate de grandes cantidades o volúmenes extraordinarios, los titulares de los comercios deberán trasladar los residuos al punto limpio. Si se trata de cantidades normales, pueden depositarlas en el contenedor correspondiente.

Se solicita la colaboración ciudadana para maximizar el reciclaje de envases ligeros, vidrio, cartón y papel, y la concienciación respecto al uso responsable del contenedor de residuos orgánicos, evitando la presencia de materiales impropios que dificulten la obtención del compost. Se debe mantener en buen estado el entorno de las islas de contenedores.

El incumplimiento de cualquiera de estas normas puede ser motivo de apertura de expediente sancionador por parte del Ayuntamiento e imposición de la sanción que proceda.

Documentación oficial:

Bando Municipal Nº 1/2026